Contrato de encargo del tratamiento
Última actualización: 10 de septiembre de 2026
Para qué es esto: si usas Fichaje con trabajadores, el RGPD te obliga a tener
un contrato por escrito con quien guarda esos datos por ti. Este documento lo es, y se acepta
al usar el servicio. No hace falta que firmes nada aparte; si tu asesoría prefiere un
documento firmado, escríbenos y te lo mandamos.
1. Las partes y sus papeles
- Responsable del tratamiento: tu empresa, que es quien decide registrar la
jornada —porque la ley se lo exige— y para qué usa esos datos.
- Encargada del tratamiento: Altyra, que pone la
herramienta y guarda los datos por cuenta de tu empresa, sin decidir nada sobre ellos.
Este contrato se rige por el artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 y por la Ley Orgánica
3/2018.
2. Objeto, duración y finalidad
Altyra trata los datos con la única finalidad de prestar el servicio de registro de jornada:
guardar los fichajes, calcular las horas y generar el informe. Dura lo que dure la relación,
y termina cuando la empresa deja de usar el servicio.
3. Datos y personas afectadas
Categorías de datos: identificativos (nombre, apellidos, documento de
identidad, correo electrónico) y datos de jornada (fichajes, horas trabajadas, correcciones y
sus motivos). No se tratan categorías especiales de datos.
Personas afectadas: los trabajadores de la empresa dados de alta.
4. Obligaciones de Altyra
- Tratar los datos sólo siguiendo las instrucciones de la empresa, y no
usarlos para ningún fin propio. No se venden, no se ceden con fines comerciales y no se
usan para publicidad ni para elaborar perfiles.
- Guardar secreto sobre los datos, también después de terminar la relación.
- Aplicar las medidas de seguridad del artículo 32: acceso con contraseña,
cifrado en tránsito, control de acceso por reglas de servidor —cada trabajador sólo puede
leer sus propios fichajes— y encadenado de los registros mediante huellas, que permite
detectar cualquier alteración posterior.
- Asistir a la empresa cuando un trabajador ejerza sus derechos y cuando
haya que evaluar riesgos o consultar a la autoridad de control.
- Notificar sin dilación indebida, y en todo caso dentro de las 48 horas
siguientes a tener conocimiento, cualquier violación de la seguridad de los datos, con la
información necesaria para que la empresa pueda cumplir el artículo 33.
- Poner a disposición de la empresa la información necesaria para acreditar el cumplimiento
de estas obligaciones.
5. Subencargados
La empresa autoriza a Altyra a servirse de Google Ireland Limited (Firebase)
para el alojamiento de los datos, con los servidores situados en Bélgica, y
de Apple para la gestión de los pagos de la suscripción. No hay
transferencias internacionales fuera del Espacio Económico Europeo para los datos de jornada.
Si en el futuro se incorporase otro subencargado, se avisará con antelación y la empresa
podrá oponerse.
6. Conservación y devolución
Los fichajes se conservan cuatro años, como impone la normativa laboral, y
eso prevalece sobre cualquier petición de supresión: es una obligación legal del responsable,
no una decisión de Altyra. La empresa puede exportar en cualquier momento el registro
completo en PDF y en CSV desde la propia aplicación.
Terminado el plazo de conservación, o antes si así lo instruye la empresa y la ley lo permite,
los datos se suprimen.
7. Obligaciones de la empresa
- Informar a sus trabajadores del tratamiento y de cómo consultar su registro.
- Usar el registro para acreditar la jornada, y no como vigilancia continua.
- Velar por que sólo accedan al panel las personas que deban hacerlo.
8. Contacto
Para cualquier cuestión relativa a este contrato:
landskron2020@gmail.com.
Este documento recoge lo que exige el artículo 28.3 del RGPD. Si tu asesoría necesita
adaptarlo a tu caso, escríbenos.